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Sociedad: La Rioja fijó un plazo de 90 días para acceder al beneficio por finalización de carrera
09/10/2026 | 129 visitas
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La Ley 10.893 establece una bonificación durante 72 meses, equivalente actualmente a $120.000 por quincena. Quienes reúnan los requisitos jubilatorios deberán iniciar el trámite y acreditar su presentación ante Gestión Previsional dentro de los 90 días hábiles.


El Gobierno de La Rioja informó las condiciones para acceder a la Bonificación Extraordinaria por Finalización de Carrera, establecida por la Ley 10.893, vigente desde el 28 de agosto de 2026.
El subsecretario de Gestión de Capital Humano, Carlos Alfredo Medina, explicó que el beneficio reemplaza al anterior Adicional Jubilatorio y mantiene el pago durante 72 meses. El importe equivale al valor de la denominada quincena, que actualmente asciende a $120.000.
La nueva normativa también amplía los destinatarios e incorpora nuevas condiciones para acceder al beneficio.
Quiénes pueden acceder a la bonificación
Según explicó Medina, la ley comprende al personal de las tres funciones del Estado provincial, los municipios y la administración descentralizada. También incluye a trabajadores alcanzados por la Ley 3.870, integrantes de la Policía y del Servicio Penitenciario.
Además, incorpora a funcionarios que acrediten un mínimo de diez años de aportes como empleados públicos.
El plazo clave para iniciar el trámite jubilatorio
Uno de los puntos centrales de la normativa es el plazo para gestionar el beneficio.
Quienes cumplan la edad y los años de servicio necesarios para jubilarse desde la entrada en vigencia de la Ley 10.893 cuentan con 90 días hábiles, desde el cumplimiento de ambos requisitos, para iniciar el trámite jubilatorio y acreditar su inicio ante Gestión Previsional.
No alcanza solamente con comenzar la gestión ante el organismo previsional: también es necesario informar formalmente a Gestión Previsional que el trámite está en marcha.
Una vez otorgada la jubilación, quienes hayan cumplido ambas condiciones dentro del plazo establecido podrán acceder a la bonificación.
Qué ocurre si el agente recibe una notificación
Medina también explicó el alcance de la Ley 10.905, que establece obligaciones para el personal que reúne los requisitos jubilatorios y recibe una notificación formal.
En estos casos, el agente dispone de 10 días para iniciar el trámite jubilatorio y acreditar su comienzo.
Si no cumple con esta obligación, puede aplicarse el descuento de la quincena durante tres meses consecutivos. Si la situación persiste, puede iniciarse un procedimiento administrativo que eventualmente derive en la baja del agente.
El funcionario aclaró que esta última medida requiere un sumario administrativo y no se aplica de manera automática.
Dos leyes con objetivos diferentes
La Ley 10.893 regula la Bonificación Extraordinaria por Finalización de Carrera y sus requisitos de acceso, mientras que la Ley 10.905 restablece el procedimiento relacionado con la obligación de iniciar la jubilación cuando se cumplen las condiciones y existe una notificación formal.
Por eso, es importante distinguir ambos plazos: los 90 días para cumplir los requisitos de acceso a la bonificación y los 10 días que se aplican tras una notificación formal para iniciar y acreditar el trámite jubilatorio.
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